Artículo 30 del Código Civil de la Ciudad de México
LIBRO PRIMERO. De las personas · TITULO TERCERO. Del domicilio
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de agosto de 2026
El domicilio legal de una persona física es el lugar donde la ley le fija su residencia para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, aunque de hecho no esté allí presente.