Artículo 200 del Código Penal de la Ciudad de México
LIBRO SEGUNDO. PARTE ESPECIAL · TITULO OCTAVO. DELITOS CONTRA EL DERECHO DE LOS INTEGRANTES DE LA FAMILIA A VIVIR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA · CAPITULO I. VIOLENCIA FAMILIAR ENTRE PAREJA
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 21 de agosto de 2026
A quien, con independencia del lugar en el que ocurra, por acción u omisión, ejerza cualquier tipo de violencia, ya sea física, psicoemocional, sexual, económica, patrimonial o contra los derechos reproductivos, en contra de:
I.El o la cónyuge, el o la ex-cónyuge, la concubina, la ex-concubina, la o el concubinario, la o el ex-concubinario;
II.La persona con la que se haya constituido sociedad en convivencia; o
III.La persona con la que se tenga o haya tenido una relación sexoafectiva,
se le impondrá de uno a seis años de prisión, pérdida de los derechos que tenga respecto de la víctima, incluidos los de carácter sucesorio y los de alimentos, y se decretarán las medidas de protección conforme a lo establecido por este Código y la legislación de procedimientos penales aplicable. (SIC)
En los casos en donde la víctima y el sujeto activo tengan hijas o hijos menores de edad en común, se deberá hacer de conocimiento a la persona juzgadora de lo familiar para que revise y, en su caso, modifique los regímenes de convivencia y de guarda y custodia o decrete la pérdida de la patria potestad, atendiendo las circunstancias de cada caso en concreto.
Para efectos de este artículo, se entenderá que existe una relación sexoafectiva cuando entre la víctima y el sujeto activo exista o haya existido una relación de pareja de carácter íntimo o sexual, con independencia de la cohabitación o el reconocimiento jurídico de la relación.
Además, se sujetará al responsable a servicios reeducativos, los que en ningún caso excederán del tiempo impuesto en la pena de prisión, independientemente de las sanciones que correspondan por cualquier otro delito.
Este delito se perseguirá por querella salvo en los casos donde exista violencia física.