Artículo 1676 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legitima · Capítulo VII. De los efectos de la partición
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
La porción que deberá pagarse al que sufra la evicción no será la que represente su haber primitivo, sino la que le corresponda, deduciendo del total de la herencia la parte perdida.