Artículo 1677 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legitima · Capítulo VII. De los efectos de la partición
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
La obligación del saneamiento para el caso de evicción, sólo cesará en los casos siguientes:
I.Cuando se hubieren dejado al heredero bienes individualmente determinados, de los cuales es privado;
II.Cuando al hacerse la partición los coherederos renuncien expresamente a derecho a ser indemnizados; y,
III.Cuando la pérdida fuere ocasionada por culpa del heredero que la sufre.