Artículo 359 del Código Civil de Chihuahua
Libro primero. De las personas · Título septimo. De la paternidad y filiación · Capítulo IV. Del reconocimiento de los hijos nacidos fuera del matrimonio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
La investigación de la paternidad de los hijos nacidos fuera de matrimonio, está permitida:
I.En los casos de estupro o violación, cuando la época del delito coincida con la de la concepción;
II.Cuando el hijo se encuentre en posesión de estado de hijo del presunto padre;
III.Cuando el hijo haya sido concebido durante el tiempo en que la madre habitaba bajo el mismo techo con el pretendido padre, viviendo maritalmente;
IV.Cuando el hijo tenga a su favor un principio de prueba contra el pretendido padre.