Artículo 1127 del Código Civil de Coahuila
Libro tercero. Del derecho hereditario · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo V. De la aceptación y de la repudiación de la herencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
La repudiación debe ser expresa y hacerse por escrito ante el juez o por medio de instrumento público otorgado ante notario, cuando el heredero no se encuentre en el lugar del juicio.