Artículo 6.299 del Código Civil del Estado de México
Distribución de la pérdida
LIBRO SEXTO. De las Sucesiones · TITULO QUINTO. Disposiciones Comunes a las Sucesiones Testamentarias y Legítimas · CAPITULO VII. De los Efectos de la Partición
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Si alguno de los coherederos fuere insolvente, la cuota con que debía contribuir se repartirá entre los demás, incluso el que perdió su parte. Conservándose la acción contra el insolvente.