Artículo 713 del Código Civil de Guanajuato
Libro primero. De las personas · Título Undécimo. De los ausentes e ignorados · Capítulo I. De las medidas provisionales en caso de ausencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
El cargo de representante acaba:
I.Con el regreso del ausente;
II.Con la presentación del apoderado legítimo;
III.Con la muerte del ausente;
IV.Con la posesión provisional.