Artículo 382 del Código Civil de Michoacán
Libro tercero. De los bienes · Título sexto. De las servidumbres · Capítulo VI. De las servidumbres voluntarias
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 27 de abril de 2026
Si fueren varios los propietarios de un predio, no se podrán imponer servidumbres sino con consentimiento de todos.