Artículo 1282 del Código Civil de Sonora
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Titulo sexto. De las servidumbres · Capitulo VI. De las servidumbres voluntarias
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
Si fueren varios los propietarios de un predio, no se podrán imponer servidumbres sino con consentimiento de todos.