Artículo 1001 del Código Civil de Tamaulipas
Libro segundo. De los bienes · Título sexto. De las servidumbres · Capítulo V. De las servidumbres voluntarias
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Si fueren varios los propietarios de un predio, sólo se podrán imponer servidumbres con consentimiento de todos.