Artículo 1907 del Código Civil de Morelos
PRIVACION DEL USO DE LA COSA POR EVICCION
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo sexto. Del arrendamiento · Capitulo III. De los derechos obligaciones del arrendatario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Si la privación del uso proviene de la evicción del predio, se observará lo dispuesto en el artículo 1906 de este Código, y si el arrendador procedió con mala fe, responderá también de los daños y perjuicios.