Artículo 171 del Código Civil de Puebla
Libro primero. Personas · Capítulo IV. Reglas generales sobre las personas jurídicas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Las personas jurídicas tienen capacidad de goce y de ejercicio, salvo las restricciones que a esa doble capacidad se establezcan legalmente.