Artículo 1911 del Código Civil de Puebla
Libro cuarto. Obligaciones · Capítulo XVII. Prescripción
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
La prescripción puede comenzar y correr contra cualquiera persona, salvo en los casos en que conforme al artículo 1411, no puede comenzar ni correr la usucapión.