Artículo 514 del Código Civil de Querétaro
Libro Primero. De las personas · Título Décimo. De la tutela y la curaduría · Capítulo Octavo. De las excusas para el desempeño de la tutela
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
Si el tutor tuviere dos o más excusas las propondrá simultáneamente, dentro del plazo respectivo; si propone una sola, se entenderán renunciadas las demás.