CPQRO · Art. 38

Artículo 38 del Código Penal de Querétaro

Libro primero · Título tercero. Penas y medidas de seguridad · Subtítulo primero. De las penas · Capítulo VI. Reparación de daños y perjuicios

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 15 de julio de 2026

En orden de preferencia, tienen derecho a la reparación del daño:

I.El ofendido, y

II.Las personas que dependen económicamente de él o tengan derecho a alimentos conforme a la Ley.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»)
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Transitorios (93 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 38, Código Penal de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 15 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-38/

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