Artículo 1513 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Tercera parte especial. Del Derecho Hereditario · Título cuarto. De la Sucesión Legítima · Capítulo segundo. De la Sucesión de los Descendientes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Si a la muerte del padre o de la madre quedaren sólo hijos, la herencia se dividirá entre, todos por partes iguales.