Artículo 2371 del Código Civil de Quintana Roo
Libro segundo. DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL De las Obligaciones · Título sexto. De la Transmisión de las Obligaciones · Capítulo primero. De la Subrogación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
No habrá subrogación parcial en deudas de solución indivisible.
El pago de los subrogados en diversas porciones del mismo crédito, cuando no basten los bienes del deudor para cubrir todas las porciones se hará a prorrata.