Artículo 827 del Código Civil de Tabasco
Declaración en trámite
Libro primero. De las personas · Titulo decimoctavo. De las personas jurídicas de derecho privado. · Capitulo IV. De las fundaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Las fundaciones respecto de las cuales esté en trámite la declaración gubernativa de constitución, están capacitadas para recibir bienes por donación o testamento.