Artículo 97 del Código Civil de Tabasco
Expósitos
Libro primero. De las personas · Titulo quinto. Del registro civil · Capitulo II. De las actas de nacimiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Toda persona que encontrare una niña, niño o adolescente en estado de indefensión o que hubiere sido puesto en situación de desamparo familiar, deberá proceder en los términos previstos en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tabasco.