CCTAMPS · Art. 2600

Artículo 2600 del Código Civil de Tamaulipas

Libro quinto. De las sucesiones · Título tercero. De la forma de los testamentos · Capítulo II. Del testamento público abierto

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026

En los casos previstos en los artículos 2601, 2603 y 2604 de éste Código, así como cuando el testador o el notario lo soliciten, dos testigos deberán concurrir al acto de otorgamiento y firmar el testamento.

Los testigos instrumentales a que se refiere este artículo podrán intervenir, además, como testigos de conocimiento.

Leer de corridodentro de Capítulo II. Del testamento público abierto

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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas)
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Transitorios (20 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 2600, Código Civil de Tamaulipas (Tamaulipas). Texto vigente, última reforma 30 mar 2026. https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-2600/

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