Artículo 2604 del Código Civil de Tamaulipas
Libro quinto. De las sucesiones · Título tercero. De la forma de los testamentos · Capítulo II. Del testamento público abierto
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Cuando el testador padezca discapacidad visual, se dará lectura al testamento dos veces: una por el notario, como está prescrito en el artículo 2599, y otra en igual forma por uno de los testigos u otra persona que el testador designe.