Artículo 553 del Código Civil de Tamaulipas
Libro primero. De las personas · Título séptimo. De la tutela · Capítulo X. De la extinción de la tutela
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
La tutela se extingue:
I.- Por la muerte del pupilo o porque desaparezca su incapacidad;
II.- Cuando el incapacitado sujeto a tutela entre a la patria potestad.