Artículo 2122 del Código Civil de Tlaxcala
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo octavo. Del comodato
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Los administradores de bienes ajenos, no podrán dar en comodato, sin autorización especial, los bienes confiados a su guarda.