Artículo 2128 del Código Civil de Tlaxcala
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo octavo. Del comodato
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El comodatario responde de la pérdida del bien si la emplea en uso diverso o por más tiempo del convenido, aun cuando aquélla sobrevenga por caso fortuito.