Artículo 636 del Código Civil de Tlaxcala
Libro segundo. De las personas · Titulo decimocuarto. De las actas del estado civil · Capitulo VII. De las actas de defuncion
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Si no parece el cadáver pero hay certeza de que alguna persona ha sucumbido en el lugar del desastre, el acta contendrá las declaraciones de las personas que hayan conocido a la que no parece, y las demás noticias que acerca del acontecimiento puedan adquirirse.