Artículo 2871 del Código Civil de Aguascalientes
Libro cuarto.. De las obligaciones. · Tercera parte. · Titulo primero.. De la concurrencia y prelacion de los creditos. · Capitulo vii.. Acreedores de cuarta clase.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
Pagados los créditos enumerados en los capítulos que preceden, se pagarán los créditos que consten en documento privado.