Artículo 1289 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo VI. De la institución de heredero
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Si el testador instituye como heredero a cierta persona y a los hijos de ésta, se entenderán todos instituidos simultáneamente y no en forma sucesiva.