Artículo 2562 del Código Civil de Guanajuato
Libro cuarto. De las sucesiones · Título Segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo II. De la capacidad para testar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Están incapacitados para testar:
I.Los menores que no han cumplido dieciséis años de edad, ya sean hombres o mujeres;
II.Los que habitual o accidentalmente no disfrutan de su cabal juicio.