Artículo 1574 del Código Civil de Hidalgo
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo tercero. De la forma de los testamentos · Capitulo VIII. Del Testamento hecho en País Extranjero
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
Los testamentos hechos en país extranjero, producirán efecto en el Estado de Hidalgo, cuando hayan sido formulados de acuerdo con las leyes del país en que se otorgaron.