Libro primero · Título segundo Capítulo VI. De la nacionalidad
Artículo 83
La nacionalidad es un vínculo jurídico político que une a las personas con el Estado Mexicano; se regulará conforme a las leyes sobre la materia.
La nacionalidad es un vínculo jurídico político que une a las personas con el Estado Mexicano; se regulará conforme a las leyes sobre la materia.