CPCOAH · Art. 48

Artículo 48 del Código Penal de Coahuila

Delitos de resultado

Libro Primero. Disposiciones generales · Quinta Parte. Persecución de los delitos culposos · Sección Sexta. Delitos de resultado

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 19 de mayo de 2026

Los delitos de resultado se regirán por las pautas siguientes:

A.Un delito será de resultado material, cuando en el tipo penal de que se trate, dicho resultado se describa o implique necesariamente como consecuencia de la conducta que lo configure.

B.Se entenderá por resultado material, el que sea perceptible por los sentidos o por la simple actividad del conocimiento.

C.En los tipos penales de resultado material será admisible la omisión como forma de comisión, siempre y cuando el agente omita una acción jurídicamente debida, que en el caso concreto le sea posible realizar y evite el resultado.

D.El deber jurídico de actuar sólo existirá, cuando el agente sea garante del bien jurídico que resulte afectado, según el tipo penal de que se trate. Se considerará garante del bien jurídico a quien:

I.(Aceptación de custodia u obligaciones de proveer en el caso concreto)

Acepte efectivamente su custodia y, en su caso, según las provisiones concretas que aceptó tomar, o porque en la posición de garante que asumió, se encuentra obligado a adoptar ciertas provisiones establecidas en disposiciones jurídicas; o bien, debe y puede adoptar los procedimientos o protocolos generalmente aceptados en la ciencia, técnica o actividad de que se trate, y que según las circunstancias que concurran al caso concreto, sean las necesarias para la salvaguarda de situaciones peligrosas respecto a los bienes jurídicos que sean objeto de custodia.

II.(Comunidad ante peligros)

Voluntariamente forme parte de una comunidad que afronte peligros de la naturaleza.

III.(Actividad precedente)

Con una actividad precedente, culposa o fortuita, genere el peligro para el bien jurídico cuya lesión no evite dolosamente, pudiendo hacerlo.

IV.(Posición de custodia familiar)

Se halle en una efectiva y concreta posición de custodia de la vida, la salud o integridad corporal de algún miembro de su familia.

V.(Deber de solidaridad social)

Se halle en una situación en la que la muerte de una persona o alguna de las lesiones previstas en las fracciones III a V del artículo 200 de este código, sean inminentes y seguras, advierta su realización y pueda evitarlas sin peligro para él o terceras personas respecto a su vida, salud o integridad corporal.

Respecto a todos los supuestos de este artículo, también se atenderá a lo previsto en el párrafo tercero del artículo 46 de este código, cuando sea conducente.

Leer de corridodentro de Sección Sexta. Delitos de resultado

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
b8e0b7c2335e…
Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
  • 6 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
  • 1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.
  • Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.
  • Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.
  • El rótulo trae el epígrafe entre paréntesis ('Artículo 30 (Tipo penal)'): se publica como epígrafe sin los paréntesis.

Transitorios (66 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 48, Código Penal de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 19 may 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-48/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.