Artículo 4.219 del Código Civil del Estado de México
Extinción del usufructo sobre bienes del sujeto a patria potestad
LIBRO CUARTO. Del Derecho Familiar · TITULO SEPTIMO. De la Patria Potestad · CAPITULO II. De los efectos de la Patria Potestad con respecto a los bienes
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El derecho de usufructo concedido a las personas que ejercen la patria potestad, se extingue:
I.Por la terminación de la patria potestad;
II.Por renuncia.