CCOAX · Art. 1040

Artículo 1040 del Código Civil de Oaxaca

Libro segundo. De los bienes · Titulo quinto. Del usufructo, del uso y de la habitación · Capitulo IV. De los modos de extinguirse el usufructo

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026

El usufructo se extingue:

I.Por muerte del usufructuario;

II.Por vencimiento del plazo por el cual se constituyó;

III.Por cumplirse la condición impuesta en el título constitutivo para la cesación de este derecho;

IV.Por la reunión del usufructo y de la propiedad en una misma persona; mas si la reunión se verifica en una sola cosa o parte de lo usufructuado, en lo demás subsistirá el usufructo;

V.Por prescripción, conforme a lo prevenido respecto de los derechos reales;

VI.Por la renuncia expresa del usufructuario, salvo lo dispuesto respecto de las renuncias hechas en fraude de los acreedores;

VII.Por la pérdida total de la cosa que era objeto del usufructo. Si la destrucción no es total, el derecho continúa sobre lo que de la cosa haya quedado;

VIII.Por la cesación del derecho del que constituyó el usufructo, cuando teniendo un dominio revocable, llega el caso de la revocación;

IX.Por no dar fianza el usufructuario por título gratuito, dentro del plazo de sesenta días, contados a partir de la fecha de su constitución, si el dueño no le ha eximido de esa obligación.

Leer de corridodentro de Capitulo IV. De los modos de extinguirse el usufructo

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
3de73a4909a0…
Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 1403 notas de reforma entre paréntesis que el PDF parte en dos o más líneas se leen como una.
  • 1 notas de reforma sin el paréntesis de cierre en la fuente se conservan así, literales (p. ej. '(Denominación del Capítulo III reformada mediante decreto número 1237,'…).
  • párrafo fuera de artículo omitido: 'Disposiciones Generales. Se deroga.'
  • 85 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.
  • número de artículo repetido en la fuente: 2517 (orden 2563 y 2663); el segundo se publica con clave '2517-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 2269 (orden 2315 y 2715); el segundo se publica con clave '2269-dup2'
  • huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..2928): [338, 2617, 2669]
  • Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación estatal); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página («H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca», «LXVI Legislatura Constitucional», «DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y GACETA PARLAMENTARIA»), el pie «www.congresooaxaca.gob.mx» y el número de página.
  • Las notas de reforma que la fuente imprime entre paréntesis después del texto ('(Artículo reformado mediante Decreto Número …)') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.
  • Rótulos 'Artículo 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1').

Transitorios (78 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 1040, Código Civil de Oaxaca (Oaxaca). Texto vigente, última reforma 1 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-1040/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.