Artículo 2736 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero. DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL De los Contratos en Particular · Título séptimo. Del Arrendamiento · Capítulo décimo. Del Modo de Terminar el Arrendamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
EI arrendamiento puede terminar:
l.- Por haberse cumplido el plazo fijado en el contrato o por la ley, o por estar satisfecho el objeto para el que el bien fue arrendado;
II.- Por convenio expreso;
III.- Por nulidad;
IV.- Por rescisión;
V.- Por confusión;
VI.- Por pérdida o destrucción total del bien arrendado, causadas por caso fortuito fuerza mayor;
VII.- Por expropiación del bien arrendado hecha por causa de utilidad pública; y
VIII.- Por evicción del bien dado en arrendamiento.