Artículo 2364 del Código Civil de Oaxaca
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo sexto. Del arrendamiento · Capitulo IX. Del modo de terminar el arrendamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
El arrendamiento puede terminar:
I.Por haberse cumplido el plazo fijado en el contrato o por la ley; o por estar satisfecho el objeto para que la cosa fué arrendada,
II.Por convenio expreso;
III.Por nulidad;
IV.Por rescisión;
V.Por confusión;
VI.Por pérdida o destrucción total de la cosa arrendada, por caso fortuito o fuerza mayor;
VII.Por expropiación de la cosa arrendada hecha por causa de utilidad pública;
VIII.Por evicción de la cosa dada en arrendamiento.