Artículo 86 del Código Civil de Zacatecas
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Título segundo. Clasificación de los bienes · Capítulo quinto. De los bienes vacantes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El que tuviere noticia de la existencia de bienes vacantes en el Estado de Zacatecas y quisiere adquirir la parte que la ley le da al descubridor hará la denuncia de ellos al Ministerio Público del lugar de la ubicación de tales bienes.