Artículo 415 del Código Civil de Chihuahua
Libro primero. De las personas · Título octavo. De la patria potestad · Capítulo II. De los efectos de la patria potestad respecto de los bienes del hijo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
El derecho de usufructo concedido a las personas que ejercen la patria potestad, se extingue.
I.Por la emancipación o la mayor edad de los hijos;
II.Por la pérdida de la patria potestad;
III.Por la revocación de la adopción, o
IV.Por renuncia.