Artículo 2759 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo XX. Fianza · Sección séptima. Efectos de la fianza entre el fiador y el acreedor
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Para que el beneficio de excusión aproveche al fiador, son necesarios los requisitos siguientes:
I.Que alegue el beneficio luego que se le requiera judicialmente de pago;
II.Que designe bienes del deudor que basten para cubrir el crédito y que se hallen dentro del distrito judicial en que deba hacerse el pago; y,
III.Que anticipe suficientemente los gastos de ejecución o que asegure el pago de éstos.