Artículo 2024 del Código Civil de Sonora
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo preliminar. Disposiciones generales · Capitulo III. De la declaración unilateral de la voluntad
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
Si el acto señalado por el promitente fuere ejecutado por mas de un individuo, tendrán derecho a la recompensa:
I.El que primero ejecutare la obra o cumpliere la condición;
II.Si la ejecución es simultánea, o varios llenan al mismo tiempo la condición, se repartirá la recompensa por partes iguales; y
III.Si la recompensa no fuere divisible, se sorteará entre los interesados.