Artículo 4.349 del Código Civil del Estado de México
Plazo para pedir la declaración de ausencia
LIBRO CUARTO. Del Derecho Familiar · TITULO DECIMO. De los Ausentes · CAPITULO II. De la Declaración de Ausencia
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Pasado un año desde el día en que haya sido nombrado el representante, habrá acción para pedir la declaración de ausencia.