CCQRO · Art. 666

Artículo 666 del Código Civil de Querétaro

Libro Primero. De las personas · Título Decimosegundo. De los ausentes e ignorados · Capítulo Segundo. De la declaración de ausencia

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025

Pasados dos años desde el día en que haya sido nombrado el representante, habrá acción para pedir la declaración de ausencia

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»)
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Cómo citar

Artículo 666, Código Civil de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 7 mar 2025. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-666/

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