Artículo 2324 del Código Civil de Guanajuato
Libro tercero · Segunda Parte. De las diversas especies de contrato · Título Decimotercero. De la fianza · Capítulo III. De los efectos de la fianza entre el fiador y el deudor
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
El fiador que paga por el deudor, debe ser indemnizado por éste:
I.De la deuda principal;
II.De los intereses respectivos, desde que haya hecho saber el pago al deudor, aun cuando éste no estuviere obligado por razón del contrato a pagarlos al acreedor;
III.De los gastos que haya hecho desde que dio noticia al deudor de haber sido requerido de pago;
IV.De los daños y perjuicios que haya sufrido por causa del deudor.