CCPUE · Art. 2773

Artículo 2773 del Código Civil de Puebla

Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo XX. Fianza · Sección octava. Efectos de la fianza entre fiador y fiado

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025

El fiador que paga por el fiado, debe ser indemnizado por éste:

I.De la deuda principal;

II.De los intereses respectivos, desde que haya hecho saber el pago al fiado, aun cuando éste no estuviere obligado por razón del contrato a pagarlos al acreedor; y,

III.De los gastos que haya hecho desde que dio noticia al fiado de haber sido requerido de pago.

Leer de corridodentro de Sección octava. Efectos de la fianza entre fiador y fiado

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(Periódico Oficial del Estado de Puebla)
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Cómo citar

Artículo 2773, Código Civil de Puebla (Puebla). Texto vigente, última reforma 17 oct 2025. https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-2773/

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