Artículo 2817 del Código Civil de Oaxaca
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoquinto. De la Hipoteca · Capitulo III. De la hipoteca necesaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
Tienen derecho de pedir la hipoteca necesaria para seguridad de sus créditos;
I.El coheredero o partícipe, sobre los inmuebles repartidos, en cuanto importen los respectivos saneamientos o el exceso de los bienes que hayan recibido;
II.Los descendientes de cuyos bienes fueron meros administradores de los ascendientes, sobre los bienes de éstos, para garantizar la conservación y devolución de aquéllos; teniendo en cuenta lo que dispone la fracción III del artículo 535;
III.Los menores y demás incapacitados sobre los bienes de sus tutores, por los que éstos administren;
IV.Los legatarios, por el importe de sus legados, si no hubiere hipoteca especial designada por el mismo testador;
V.El Estado, los municipios y los establecimientos públicos, sobre los bienes de sus administradores o recaudadores, para asegurar las rentas que deben manejar.