Artículo 328 del Código Civil de Tlaxcala
Libro segundo. De las personas · Titulo noveno. De la tutela · Capitulo III. De la tutela legitima de los menores
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
La falta temporal del tutor legítimo se suplirá en los términos establecidos en los dos artículos anteriores.