Artículo 465 del Código Civil de Chihuahua
Libro primero. De las personas · Título noveno. De la tutela · Capítulo IV. De la tutela legítima de las personas con discapacidad mental o intelectiva, sordomudos, ebrios y de los que habitualmente abusan de las drogas enervantes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Cuando haya dos o más hijos, será preferido el que viva en compañía del padre o de la madre; y siendo varios los que estén en el mismo caso, el Juez elegirá el que le parezca más apto.