Artículo 2699 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título segundo. De la compraventa · Capítulo V. De los derechos y obligaciones del comprador
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
El comprador debe intereses por el tiempo que medie entre la entrega del bien y el pago del precio en los tres siguientes casos:
I.Si así se hubiere convenido.
II.Si el bien vendido y entregado produce fruto o renta.
III.Si se hubiere constituido en mora.