Código Penal de Hidalgo
Código Penal de Hidalgo

Libro primero · Titulo tercero Capitulo III. Semilibertad

Arts. 74–752 artículosTexto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026

Artículo 74

La semilibertad implica alternación de períodos de privación de la libertad y de tratamiento en libertad.

Se aplicará según las circunstancias del caso, del siguiente modo: externación durante los días de jornada de trabajo o educativa, con reclusión en los días de descanso; salida de fin de semana, con reclusión durante el resto de ésta o salida diurna, con reclusión nocturna o viceversa.

Artículo 75

La duración de la semilibertad no podrá exceder de la correspondiente a la pena de prisión sustituida.

Índice · CPHGO