Código Penal de Hidalgo
Código Penal de Hidalgo

Libro primero · Titulo tercero Capitulo IV. Punibilidad en caso de exceso

Art. 1011 artículoTexto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026

Artículo 101

Al que incurra en exceso en alguna de las causas de justificación se le impondrá la sanción correspondiente al error de prohibición vencible, pero quedará subsistente la atribución del hecho a título doloso.

No se considerará exceso en la legítima defensa cuando la persona que la ejerce se encuentre en estado de confusión, miedo o terror que afecte su capacidad para determinar el límite adecuado de su respuesta o la racionalidad de los medios empleados.

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